De acuerdo con lo establecido en el Dto. 300/97 y el Dict. ANSeS 56108/14 será obligatorio para el trabajador autónomo o monotributista que se incorpore al Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (S.I.J.P.) presentar, junto al acuse de recibo de la adhesión al régimen –según corresponda-, una declaración jurada de salud a los fines de determinar si padece alguna incapacidad al momento de su afiliación. Mientras no haya cumplido ese requisito, o si la declaración contiene falsedades o reticencias, la afiliación no producirá efecto alguno a los fines de la obtención del retiro por invalidez o pensión por fallecimiento del afiliado en actividad. Si se estableciere que se encuentra incapacitado en los términos del art. 48 de la Ley 24.241, la afiliación no producirá efecto alguno a los fines de la obtención del retiro por invalidez o pensión por muerte del afiliado en actividad cuando la contingencia se produjera como consecuencia de la patología existente al momento de la afiliación.
Si ya estas adherido deberás actualizar tu situación.
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